Vive en Colombia hasta 3 años por visa
Instálate en la ciudad que elijas, entra y sal del país y renueva tu visa mientras mantengas tu pensión.
Vive en Colombia con tu pensión extranjera. Gestionamos tu visa de jubilado ante la Cancillería conforme a la Resolución 5477 de 2022: documentos, apostilla, radicación y Cédula de Extranjería.
Cálculo de referencia.
de vigencia máxima de la Visa M Pensionado
de pensión mensual mínima exigida por la Cancillería
como titular para solicitar la residencia (Visa R)
de experiencia de Mi Visa Hoy en gestión de visas
La Visa Migrante Tipo M en la categoría pensionado te permite vivir legalmente en el país con los ingresos de tu pensión. Es la forma más directa de retirarse en Colombia como extranjero.
Instálate en la ciudad que elijas, entra y sal del país y renueva tu visa mientras mantengas tu pensión.
Cónyuge o compañero(a) e hijos hasta los 25 años pueden obtener visa como beneficiarios.
Tu documento de identidad en Colombia para bancos, arriendos, salud y trámites diarios.
Tras 5 años como titular puedes solicitar la Visa de Residente (Tipo R).
Inicias desde tu país. No necesitas viajar para radicar la solicitud.
Ten en cuenta: la visa de pensionado no permite trabajar en Colombia. Si planeas emprender o trabajar, te asesoramos sobre la categoría adecuada antes de radicar.
Ver preguntas frecuentesDel clima primaveral de los Andes al Caribe. Explora los destinos que más eligen los pensionados extranjeros; tu visa es válida en todo el país.
Temperaturas y altitudes promedio aproximadas. Te orientamos sobre trámites locales en la ciudad que elijas.
Responde 5 preguntas y conoce tu ruta hacia la visa de pensionado, o los pasos previos que necesitas.
Marca los documentos que ya tienes. Te mostramos qué falta y los revisamos antes de radicar para evitar inadmisiones.
Los documentos expedidos en el exterior deben estar apostillados o legalizados y, si no están en español, con traducción oficial. La Cancillería puede solicitar documentos adicionales o citar a entrevista.
Nosotros gestionamos todo el trámite ante la Cancillería para evitar errores. Tú solo apruebas cada etapa.
Validamos que tu pensión cumpla los 3 SMMLV y definimos si viajas con beneficiarios.
Mi Visa HoyCoordinamos apostilla y traducción oficial de tu certificación de pensión y antecedentes.
Mi Visa Hoy + túDiligenciamos y radicamos la solicitud en línea ante la Cancillería, sin errores de forma.
Mi Visa HoyHacemos seguimiento y respondemos cualquier requerimiento de la autoridad de visas.
CancilleríaTe acompañamos hasta la entrega de tu Cédula de Extranjería ante Migración Colombia.
Migración ColombiaTu retiro empieza hoy. Deja el trámite en manos expertas.
Quiero iniciar ahoraEl tiempo como pensionado suma para la Visa de Residente. Arrastra el avión para ver cada etapa.
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Traducción y apostilla de documentos de pensiónCoordinamos cada soporte para que llegue a la Cancillería en el formato correcto.
Asesoría bilingüe para jubilados extranjerosTe explicamos cada paso con claridad, en español o en inglés.
Radicación ágil y sin erroresUn expediente completo desde el inicio evita inadmisiones y pagos repetidos.
Acompañamiento hasta tu Cédula de ExtranjeríaNo terminamos con la visa: te guiamos en el registro ante Migración Colombia.
Respuestas claras a las dudas más comunes. ¿No ves la tuya? Escríbenos.
Es la visa que otorga el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) al extranjero que recibe una pensión mensual de un Estado o de un fondo privado de pensiones y desea establecerse en Colombia. Está regulada por la Resolución 5477 de 2022 y tiene una vigencia de hasta 3 años.
Pasaporte vigente y en buen estado, fotografía reciente, certificación de pensión vitalicia por al menos 3 SMMLV, certificado de antecedentes penales del país donde viviste los últimos 3 años, certificado médico de aptitud psicofísica y seguro de salud con cobertura en Colombia. Si estás en el país, también tu permiso o sello de ingreso vigente.
Una pensión mensual no inferior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV). El salario mínimo se actualiza cada año, así que el monto exacto depende del año en que radiques.
Con una certificación de la entidad que paga tu pensión (Estado, seguridad social o fondo privado) que indique el pago mensual vitalicio y su monto. Los extractos bancarios donde se ve la recepción de los fondos refuerzan la prueba; si están en un idioma oficial de la OEA (español, inglés, francés o portugués), pueden presentarse sin apostilla ni traducción oficial.
Sí. Los documentos expedidos en el exterior, como la certificación de pensión y los antecedentes penales, deben estar apostillados o legalizados, y traducidos oficialmente al español cuando estén en otro idioma. Coordinamos la traducción y te indicamos cómo apostillar en tu país.
Debes demostrar cobertura de salud en Colombia o una póliza con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo: accidentes, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte y repatriación. Puede ser una póliza internacional o local. Te ayudamos a verificar que la tuya cumpla antes de radicar.
No. Esta visa no permite trabajar en Colombia ni, por regla general, afiliarse al Sistema de Seguridad Social colombiano, salvo lo que establezcan los convenios bilaterales o multilaterales. Si deseas trabajar o invertir, evaluamos contigo otra categoría de visa.
Sí. Como titular puedes solicitar visa de beneficiario para tu cónyuge o compañero(a) permanente, tus hijos menores de 25 años y tus hijos con discapacidad, siempre que dependan económicamente de ti. Cada beneficiario presenta su pasaporte y la prueba del parentesco.
Se otorga hasta por 3 años. Antes de que venza puedes solicitar una nueva Visa M Pensionado, siempre que sigas cumpliendo los requisitos. Te avisamos con anticipación para que no pierdas continuidad.
Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente (Tipo R). Tras 5 años como titular de la Visa M Pensionado puedes solicitarla, con lo que obtienes residencia en Colombia sin tener que renovar cada pocos años.
Sí. La solicitud se radica en línea, así que puedes iniciar desde cualquier país. Si ya estás en Colombia, verificamos que tu permanencia no venza durante el estudio de la visa.
Es el documento de identidad para extranjeros con visa de más de 3 meses. Se tramita ante Migración Colombia dentro de los 15 días calendario siguientes a la expedición de la visa, o a tu ingreso al país si la obtuviste desde el exterior.
La Visa M pierde vigencia si te ausentas de Colombia por más de 180 días continuos. Puedes viajar con libertad, pero planifica las estancias largas en el exterior para no perder tu visa ni el tiempo acumulado.
El tiempo de preparación depende sobre todo de la apostilla y traducción de tus documentos en tu país. Una vez radicada, la Cancillería suele resolver en algunas semanas, según su carga y si pide información adicional. Un expediente completo es la mejor forma de evitar demoras.
La inadmisión suele deberse a documentos incompletos o mal presentados; la negación es una decisión discrecional de la Cancillería. En ambos casos analizamos la causa y preparamos una nueva solicitud más sólida. Nuestro trabajo preventivo busca que no llegues a ese punto.
Hay dos componentes: los derechos oficiales que se pagan a la Cancillería (estudio y expedición de la visa) y nuestros honorarios por la asesoría y gestión. Apostillas y traducciones se pagan aparte. Te damos una cotización clara después del diagnóstico de tu caso.
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Opiniones reales en Google de personas que confiaron en Mi Visa Hoy para su trámite de visa.
Muchos pensionados llegan a Colombia en pareja. Si tu esposo(a) o compañero(a) es colombiano(a), esta otra ruta también puede interesarte.
Otra opción que consultan quienes se casaron con un(a) colombiano(a): qué otorga, quién puede solicitarla y sus beneficios, como el permiso abierto de trabajo.
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